{"id":3390,"date":"2015-11-05T13:47:56","date_gmt":"2015-11-05T13:47:56","guid":{"rendered":"http:\/\/www.sinfronterasagencias.com\/?p=3390"},"modified":"2015-11-05T13:47:56","modified_gmt":"2015-11-05T13:47:56","slug":"en-primera-fila-46","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.sinfronterasagencias.com\/?p=3390","title":{"rendered":"EN PRIMERA FILA"},"content":{"rendered":"<p><strong>\u00a1Reversa del PRI y criticado senador!<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0Por Luis A. CABA\u00d1AS BASULTO*<\/strong><\/p>\n<p>Duramente cuestionado por todos los medios, principalmente redes sociales, por su intento de callar a la opini\u00f3n p\u00fablica, el senador del PRI, el hidalguense Omar Fayad Meneses, solicit\u00f3 formalmente retirar su iniciativa para Prevenir y Sancionar los Delitos Inform\u00e1ticos, aunque amenaz\u00f3 con un \u201cvolver\u00e9\u201d.<\/p>\n<p>Seg\u00fan \u00e9l, su decisi\u00f3n surgi\u00f3 ante la serie de cr\u00edticas sobre los alcances de este proyecto de tipificar los delitos cometidos en Internet, interpretados, se quej\u00f3, como una \u201ceventual censura\u201d y que, sabemos, se calific\u00f3 desde un principio como \u201cLey Fayad\u201d.<\/p>\n<p>Entre otros, propon\u00eda a los operadores de telecomunicaciones y proveedores de aplicaciones y contenidos colaborar con las instituciones de seguridad y justicia para geolocalizar m\u00f3viles de usuarios, adem\u00e1s de registrar, controlar y conservar comunicaciones durante 24 meses, as\u00ed como bloquear de inmediato l\u00edneas y se\u00f1ales de comunicaci\u00f3n m\u00f3vil, a efecto de \u201cprevenir y perseguir el delito\u201d.<\/p>\n<p>Presidente de la Comisi\u00f3n de Seguridad P\u00fablica del Senado, a la que, curiosamente, se hab\u00eda turnado la iniciativa, Omar Fayad reprogram\u00f3 las consultas anunciadas para este jueves, para analizar y discutir su propuesta, a efecto de convocar al mayor n\u00famero de especialistas, acad\u00e9micos, cibernautas e interesados en el tema.<\/p>\n<p>Tal y como ofrecimos ayer, y con nuestras m\u00e1s sinceras disculpas por la extensi\u00f3n de esta columna, ofrecemos a nuestros lectores -y para el an\u00e1lisis de los estudiosos del Derecho y dem\u00e1s profesionales-, el texto original del proyecto de \u201cLey Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Inform\u00e1ticos\u201d:<\/p>\n<p>T\u00cdTULO PRIMERO<\/p>\n<p>DISPOSICIONES GENERALES<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo \u00danico<\/p>\n<p>\u00c1mbito de aplicaci\u00f3n y definiciones<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1. La presente Ley tiene por objeto prevenir, investigar, perseguir y sancionar los delitos inform\u00e1ticos, que por su naturaleza, origen, destino e impacto tengan repercusiones jur\u00eddicas en el territorio nacional.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2. En los casos no previstos en esta Ley ser\u00e1n aplicables los tratados internacionales, el C\u00f3digo Penal Federal, el C\u00f3digo Nacional de Procedimientos Penales, la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada y dem\u00e1s disposiciones relativas y aplicables.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3. Para los efectos de esta Ley, se entender\u00e1 por:<\/p>\n<ol>\n<li>Arma Inform\u00e1tica: Cualquier programa inform\u00e1tico, sistema inform\u00e1tico, o en general cualquier dispositivo o material creado o dise\u00f1ado con el prop\u00f3sito de cometer alg\u00fan delito inform\u00e1tico.<\/li>\n<li>Ataque Cibern\u00e9tico: Acci\u00f3n organizada y deliberada de una o m\u00e1s personas con el fin de vulnerar la seguridad, afectar disponibilidad o generar degradaci\u00f3n de sistemas computacionales o redes, mediante el uso de armas inform\u00e1tica o c\u00f3digo maliciosos.<\/li>\n<\/ol>\n<p>III. Ciberespionaje: Acto con el cual se obtienen informaci\u00f3n secreta en cualquiera de sus modalidades (voz, datos, im\u00e1genes) sin el permiso de aqu\u00e9l quien es due\u00f1o de la informaci\u00f3n. Los m\u00e9todos por los cuales se consigue esta informaci\u00f3n son exclusivamente inform\u00e1ticos, haciendo uso de armas inform\u00e1ticas, redes de computadoras locales, Internet y\/o mediante cualquier t\u00e9cnica inform\u00e1tica.<\/p>\n<ol>\n<li>Cibern\u00e9tica: Estudio de las analog\u00edas entre los sistemas de control y comunicaci\u00f3n de los seres vivos y los de las m\u00e1quinas; y en particular, el de las aplicaciones de los mecanismos de regulaci\u00f3n biol\u00f3gica a la tecnolog\u00eda.<\/li>\n<li>C\u00f3digo malicioso: Programa o c\u00f3digo de sistema inform\u00e1tico creado espec\u00edficamente para da\u00f1ar, interrumpir o afectar un sistema inform\u00e1tico, as\u00ed como obtener informaci\u00f3n o realizar ciberespionaje sobre el equipo o sistema afectado.<\/li>\n<li>Dispositivo inform\u00e1tico: Conjunto de componentes electr\u00f3nicos y programas de c\u00f3mputo que relacionados entre s\u00ed ordenadamente permiten el procesamiento, almacenamiento, transmisi\u00f3n y\/o visualizaci\u00f3n de datos o informaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ol>\n<p>VII. Delitos inform\u00e1ticos: Los delitos previstos en esta Ley.<\/p>\n<p>VIII. Informaci\u00f3n Sensible de Usuarios: Toda informaci\u00f3n que posea un proveedor de servicios y que est\u00e9 relacionada con el usuario, que permita determinar datos personales, ubicaci\u00f3n geogr\u00e1fica, informaci\u00f3n relacionada con medios de pago o facturaci\u00f3n.<\/p>\n<ol>\n<li>Infraestructura Inform\u00e1tica: Conjunto de sistemas inform\u00e1ticos, redes e instalaciones requeridas para desarrollar, probar, proveer, monitorear, controlar y soportar las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Infraestructura Cr\u00edtica Nacional: Infraestructura inform\u00e1tica o de control industrial que soporta los procesos sustantivos de los sectores producticos, cuya afectaci\u00f3n o vulneraci\u00f3n ponen en riesgo la estabilidad de la Naci\u00f3n.<\/li>\n<li>Instituciones de Seguridad P\u00fablica federales: Las Instituciones Policiales, de Procuraci\u00f3n de Justicia, del Sistema Penitenciario y dependencias encargadas de la Seguridad P\u00fablica a nivel federal.<\/li>\n<\/ol>\n<p>XII. Internet: Sistema de redes ligadas entre s\u00ed por un protocolo com\u00fan especial de comunicaci\u00f3n de alcance mundial, que facilita servicios de comunicaci\u00f3n de datos, voz y video.<\/p>\n<p>XIII. Medios inform\u00e1ticos: Conjunto de procesos y productos derivados de las nuevas herramientas, soportes de la informaci\u00f3n y canales de comunicaci\u00f3n, relacionados con el almacenamiento, procesamiento y transmisi\u00f3n de archivos electr\u00f3nicos digitalizados.<\/p>\n<p>XIV. Programa inform\u00e1tico: Conjunto de instrucciones l\u00f3gicas y reglas inform\u00e1ticas que integran componentes l\u00f3gicos necesarios para que una computadora realice una o varias espec\u00edficas.<\/p>\n<ol>\n<li>Proveedor de servicios: Persona f\u00edsica o moral que ofrece servicios de comunicaci\u00f3n a trav\u00e9s de cualquier sistema inform\u00e1tico, o bien, que procese o almacene datos inform\u00e1ticos para dicho servicio de comunicaci\u00f3n o para los usuarios del mismo.<\/li>\n<\/ol>\n<p>XVI. Red p\u00fablica: Red de computadoras o sistemas inform\u00e1ticos interconectados, capaz de compartir informaci\u00f3n y que permite comunicar a usuarios sin importar su ubicaci\u00f3n geogr\u00e1fica y sin restricciones de acceso.<\/p>\n<p>XVII. Seguridad inform\u00e1tica: Pr\u00e1cticas aplicadas en sistemas y dispositivos inform\u00e1ticos a fin de proteger y resguardar su funcionamiento y la informaci\u00f3n en \u00e9l contenida.<\/p>\n<p>XVIII. Sello digital: Serie de caracteres derivada de la encriptaci\u00f3n de la informaci\u00f3n de la Cadena Original del Comprobante para evitar su falsificaci\u00f3n<\/p>\n<p>XIX. Sistema Inform\u00e1tico: Conjunto de partes interrelacionadas, hardware y software que permite almacenar, procesar y transmitir datos o informaci\u00f3n.<\/p>\n<ol>\n<li>Terrorismo inform\u00e1tico: Es el uso de las tecnolog\u00edas de informaci\u00f3n, comunicaci\u00f3n e Internet con fines terroristas, como son, la afectaci\u00f3n a la infraestructura cr\u00edtica nacional, realizar acciones de capacitaci\u00f3n, entrenamiento, reclutamiento y financiamiento de actividades terroristas, as\u00ed como la difusi\u00f3n de informaci\u00f3n con el objetivo de causar p\u00e1nico y desestabilizaci\u00f3n de la paz p\u00fablica.<\/li>\n<\/ol>\n<p>XXI. Usuario: Persona f\u00edsica o jur\u00eddica que use o adquiera bienes o servicios de un proveedor de servicios de tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n e Internet.<\/p>\n<p>T\u00cdTULO SEGUNDO<\/p>\n<p>DE LA ATENCI\u00d3N A LA SEGURIDAD INFORM\u00c1TICA<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo I<\/p>\n<p>De la Prevenci\u00f3n y Coordinaci\u00f3n<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4. Los delitos previstos en esta Ley se prevendr\u00e1n, investigar\u00e1n, perseguir\u00e1n y sancionar\u00e1n por la Federaci\u00f3n, con la colaboraci\u00f3n de autoridades correspondientes a todos los \u00f3rdenes de gobierno, de conformidad con la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad P\u00fablica y dem\u00e1s disposiciones aplicables.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5. Las acciones de prevenci\u00f3n de los delitos inform\u00e1ticos tienen por objeto fomentar la cultura de prevenci\u00f3n, proximidad y difusi\u00f3n de dichas conductas con el objeto de reducir la incidencia delictiva y las vulnerabilidades inform\u00e1ticas.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6. La prevenci\u00f3n se efectuar\u00e1 a trav\u00e9s de los siguientes mecanismos:<\/p>\n<ol>\n<li>Implementaci\u00f3n de pol\u00edticas y procedimientos para la difusi\u00f3n de acciones preventivas respecto a la identificaci\u00f3n y denuncia de los delitos inform\u00e1ticos.<\/li>\n<li>Vigilancia de la seguridad y los derechos de las personas en la red p\u00fablica de Internet.<\/li>\n<\/ol>\n<p>III. Promoci\u00f3n de las denuncias por la probable comisi\u00f3n de los delitos inform\u00e1ticos ante la autoridad ministerial correspondiente.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7. Las Instituciones de Seguridad P\u00fablica federal se coordinar\u00e1n para:<\/p>\n<ol>\n<li>Realizar estudios sobre las causas estructurales, distribuci\u00f3n geodelictiva, estad\u00edsticas, tendencias hist\u00f3ricas y patrones de comportamiento que permitan la investigaci\u00f3n para la prevenci\u00f3n de los delitos sancionados en esta Ley, para lo cual contar\u00e1n con el apoyo de las entidades, en t\u00e9rminos de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad P\u00fablica.<\/li>\n<li>Obtener, procesar e interpretar la informaci\u00f3n geodelictiva por medio del an\u00e1lisis de los factores que generan las conductas delictivas previstas en esta Ley.<\/li>\n<\/ol>\n<p>III. Suministrar e intercambiar la informaci\u00f3n obtenida mediante los sistemas e instrumentos tecnol\u00f3gicos respectivos.<\/p>\n<ol>\n<li>Llevar a cabo campa\u00f1as nacionales orientadas a prevenir y evitar los factores y causas que originan el fen\u00f3meno delictivo sancionado en esta Ley, as\u00ed como difundir su contenido.<\/li>\n<li>Establecer relaciones de colaboraci\u00f3n con las autoridades competentes, as\u00ed como con la sociedad civil, para orientar medidas tendentes a la prevenci\u00f3n de los delitos inform\u00e1ticos.<\/li>\n<li>Observar las dem\u00e1s obligaciones establecidas en otros ordenamientos.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Cap\u00edtulo II<\/p>\n<p>De las unidades especializadas en la prevenci\u00f3n e investigaci\u00f3n de los delitos inform\u00e1ticos<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8. Las Instituciones de Seguridad P\u00fablica federal contar\u00e1n con unidades especializadas en la prevenci\u00f3n e investigaci\u00f3n de los delitos inform\u00e1ticos, de acuerdo al \u00e1mbito de sus competencias.<\/p>\n<p>La Federaci\u00f3n apoyar\u00e1 y promover\u00e1 la creaci\u00f3n de unidades cibern\u00e9ticas en las Entidades Federativas as\u00ed como su coordinaci\u00f3n en t\u00e9rminos de los art\u00edculos 75 y 76 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad P\u00fablica.<\/p>\n<p>El personal de dichas unidades deber\u00e1 contar con la capacitaci\u00f3n especializada en el campo de las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y comunicaci\u00f3n, \u00e1reas afines y dem\u00e1s necesarias, para la adecuada atenci\u00f3n de los delitos inform\u00e1ticos.<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9.La unidad especializada encargada de atender los temas de prevenci\u00f3n en la Polic\u00eda Federal realizar\u00e1 investigaci\u00f3n para la prevenci\u00f3n de los delitos contenidos en la presente ley, para tal efecto, contar\u00e1 con las siguientes atribuciones:<\/p>\n<ol>\n<li>Establecer mecanismos de coordinaci\u00f3n y cooperaci\u00f3n con gobiernos e instituciones nacionales y extranjeras para prevenir y reducir la comisi\u00f3n de delitos en el pa\u00eds, en coordinaci\u00f3n con las autoridades competentes.<\/li>\n<li>Salvaguardar la seguridad y los derechos de las personas en la red p\u00fablica de Internet.<\/li>\n<\/ol>\n<p>III. Proponer pol\u00edticas y estrategias para la prevenci\u00f3n de los delitos inform\u00e1ticos.<\/p>\n<ol>\n<li>Promover la celebraci\u00f3n de tratados internacionales y acuerdos interinstitucionales en materia de prevenci\u00f3n e intercambio de informaci\u00f3n para la prevenci\u00f3n, relacionada con delitos inform\u00e1ticos y vigilar su cumplimento.<\/li>\n<li>Establecer mecanismos para la cooperaci\u00f3n de diversos organismos p\u00fablicos, sociales y privados, tanto nacionales como internacionales para el intercambio de informaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Establecer mecanismos de cooperaci\u00f3n con organismos y autoridades nacionales e internacionales relacionados con la prevenci\u00f3n de delitos electr\u00f3nicos.<\/li>\n<\/ol>\n<p>VII. Operar laboratorios de c\u00f3digo maliciosos, electr\u00f3nica forense, nuevas tecnolog\u00edas y dem\u00e1s que resulten necesarias para prevenir la comisi\u00f3n de delitos se\u00f1alados en la fracci\u00f3n II de este art\u00edculo;<\/p>\n<p>VIII. Supervisar las acciones necesarias para la investigaci\u00f3n de los delitos electr\u00f3nicos cometidos, requeridas por la autoridad competente;<\/p>\n<ol>\n<li>Gestionar, conforme a las disposiciones aplicables, la cooperaci\u00f3n con empresas proveedoras del servicio de Internet para suspender sitios, p\u00e1ginas electr\u00f3nicas y cualquier contenido que atenten contra la seguridad p\u00fablica, as\u00ed como para prevenir y combatir los delitos en los que se utilizan medios electr\u00f3nicos para su comisi\u00f3n;<\/li>\n<li>Promover la cultura de la prevenci\u00f3n de los delitos en los que se utilizan medios electr\u00f3nicos para su comisi\u00f3n, as\u00ed como la difusi\u00f3n del marco legal que sanciona los mismos;<\/li>\n<li>Generar estad\u00edsticas de los delitos inform\u00e1ticos y sistemas de medici\u00f3n tendentes a la generaci\u00f3n de mapas geodelictivos y georeferenciados de las conductas previstos en esta Ley.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Art\u00edculo 10. La unidad especializada encargada de la investigaci\u00f3n y persecuci\u00f3n de los delitos inform\u00e1ticos en la Procuradur\u00eda General de la Rep\u00fablica, tendr\u00e1 las siguientes atribuciones:<\/p>\n<ol>\n<li>Investigar las denuncias relacionadas con los delitos inform\u00e1ticos.<\/li>\n<li>La coordinaci\u00f3n y cooperaci\u00f3n con autoridades federales, en sus esfuerzos comunes para mejorar y dar cabal cumplimiento a las disposiciones de la presente ley.<\/li>\n<\/ol>\n<p>III. Coordinar la representaci\u00f3n de la Federaci\u00f3n ante organismos internacionales en materia de investigaci\u00f3n y persecuci\u00f3n de los delitos inform\u00e1ticos.<\/p>\n<p>T\u00cdTULO TERCERO<\/p>\n<p>DE LA COORDINACI\u00d3N<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo I<\/p>\n<p>De la Colaboraci\u00f3n con otras Instituciones y con Particulares<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11.Los concesionarios de telecomunicaciones y, en su caso, los autorizados y proveedores de servicios de aplicaciones y contenidos, a que hace referencia el art\u00edculo 189 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusi\u00f3n, colaborar\u00e1n en la investigaci\u00f3n de los delitos inform\u00e1ticos, por lo que deber\u00e1n:<\/p>\n<ol>\n<li>Proporcionar oportunamente asistencia t\u00e9cnica y la informaci\u00f3n que requieran las autoridades federales competentes para la investigaci\u00f3n de los Delitos Inform\u00e1ticos.<\/li>\n<li>Colaborar con las autoridades competentes en las acciones que permitan investigar y perseguir los delitos previstos en esta Ley.<\/li>\n<\/ol>\n<p>III. Realizar las dem\u00e1s acciones que prevea la legislaci\u00f3n aplicable.<\/p>\n<p>Art\u00edculo12. Las instituciones que integran el sistema financiero colaborar\u00e1n con la unidad especializada de la Procuradur\u00eda General de la Rep\u00fablica<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00a1Reversa del PRI y criticado senador! \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0&hellip;<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[37],"tags":[],"class_list":["post-3390","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-en-primera-fila"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.sinfronterasagencias.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/3390"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.sinfronterasagencias.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.sinfronterasagencias.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.sinfronterasagencias.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.sinfronterasagencias.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=3390"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.sinfronterasagencias.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/3390\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":3391,"href":"https:\/\/www.sinfronterasagencias.com\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/3390\/revisions\/3391"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.sinfronterasagencias.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=3390"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.sinfronterasagencias.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=3390"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.sinfronterasagencias.com\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=3390"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}