INHABILITAN A 8 EXFUNCIONARIOS DEL AYUNTAMIENTO DE CENTRO, TABASCO

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 Por Agencias SFAS/VILLAHERMOSA, TAB.-Por no salvaguardar la legalidad, eficacia, honradez y por no tener un desempeño óptimo, fueron inhabilitados ocho ex funcionarios del Ayuntamiento de Centro de la administración 2010-2012, que estuvo bajo el mando del excandidato al gobierno estatal, Jesús Alí de la Torre.

Ellos son:
1. Guillermo Alfonso Baeza Barrera, ex director de Obras públicas, inhabilitado por seis años, tres meses
2. Cuauhtémoc Muñoz Caldera, ex director de obras públicas, inhabilitado por seis años, tres meses.
3. Alex García Reyes, ex contralor municipal, inhabilitado por seis años, tres meses.
4. Óscar Alberto Azcona Priego, ex contralor municipal, inhabilitado por seis años, tres meses
5. Maritza Balcázar de la Rosa, ex subdirectora de contabilidad, inhabilitada por dos años, seis meses.
6. Alfredo Aristóteles Peralta Alfany, ex director de finanzas, inhabilitado por siete años, seis meses
7. Raúl Palomera González, ex director de programación, inhabilitado por tres años, ocho meses.
8. Abraham González Santos, ex director de programación, inhabilitado por seis años, tres meses.

En un comunicado dado a conocer por el contralor municipal, Jesús Pedrero del Águila, el informe se presenta después de la revisión que realizó al estado que guardaba la administración pública municipal al momento de la entrega-recepción, en el cual se encontraron irregularidades diversas que dieron pauta al inicio –en el ámbito de sus atribuciones– de procedimientos administrativos de acuerdo a disposiciones legales.

Entre la serie de irregularidades detectadas y enumeradas en dicho documento, sobresalen las relacionadas con el ejercicio del financiamiento, que la Sexagésima Legislatura del Congreso del Estado, le autorizó contratar al Ayuntamiento de Centro (2010-2012), según el -Decreto 023 de fecha 25 de mayo de 2010 publicado en el Periódico Oficial el 26 de mayo del mismo año–.

Dijo que en el desahogo de los procedimientos de responsabilidad administrativa, se procedió a citar a los ex servidores públicos relacionados, otorgándoles la garantía procesal de audiencia, para que de ser así aportaran elementos en su defensa. En ningún caso, desvirtuaron las irregularidades detectadas, que son violatorias a disposiciones de la Constitución Política del Estado de Tabasco y de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado.

En razón de ello y conforme a la misma Ley de Responsabilidades, se determinó que no hubo un desempeño óptimo del servicio público encomendado, incumpliendo sus obligaciones de salvaguardar la legalidad, honradez, lealtad, eficiencia y eficacia, que deben ser observadas por todo servidor público.

En términos de lo que estipula dicho ordenamiento, se impusieron las sanciones de inhabilitación para ejercer empleo, cargo o comisión en el servicio público, atendiendo la conducta desplegada, que originó la responsabilidad administrativa.

También, de acuerdo a la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos se procederá a notificar a la Secretaria de la Función Pública, Secretaria de la Contraloría del Estado de Tabasco, al Órgano Superior de Fiscalización del Estado de Tabasco, así como a las instancias municipales correspondientes, para su conocimiento.

Estos procedimientos y sanciones son de carácter administrativo y en su caso corresponderá a las instancias competentes, llevar a cabo los procesos de carácter resarcitorios.