PLAN B ELECTORAL SE CAYÓ POR CULPA DE DIPUTADOS DE MORENA

*La SCJN no echó a bajo nada, nos basamos sólo a revisar la propuesta presentada por los legisladores que no checaron bien lo que aprobaban, dijo el ministro Zaldívar

Por Agencias SFAS/Ciudad de México.-El ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea consideró que la rapidez con el que el Poder Legislativo, dominado por la mayoría morenista, aprobó las reformas del Plan B electoral generó un efecto corruptor.

Por el  poco tiempo que tuvieron los legisladores para analizar y discutir a fondo las características de la reforma, provocó que diera su voto por invalidar el Plan B, dijo.

El proyectista de la invalidación de la reforma electoral, Alberto Pérez Dayán, expuso que las leyes modificadas por el Congreso no pasaron por un procedimiento legislativo ordinario, provocando una “transgresión al principio de deliberación democrática”.

“Me parece que se genera una especie de efecto corruptor en el procedimiento legislativo que me hace votar conforme he votado en precedentes, por la invalidez total de este decreto y en el sentido del proyecto, aunque por razones distintas haré un voto concurrente”, argumentó Zaldívar.

Aclaró que no votó en contra del contenido de la propuesta enviada por el Poder Ejecutivo, ya que el pleno de la Corte nunca discutió el fondo del asunto, sino la forma en la que los integrantes de la Cámara de Diputados procedieron para aprobar con un sentido de urgencia que permitió evitar los canales habituales.

Señaló que, cuando ocurren este tipo de situaciones, la ley aprobada es inválida, ya que no se ‘respetó’ la democracia; y añadió que su único compromiso es con la democracia y con la Constitución.

El voto Zaldívar en el sentido del respaldar el proyecto de Alberto Pérez Dayán sorprendió a más de uno, cuando ha sido un aliado de las reformas de Morena.

Se habla que la misma suerte correrá la segunda parte del «Plan B», es decir, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General de Partidos Políticos, la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación.

 

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